Sobre el término «migrante«, la Organización Mundial de las Migraciones (OIM, 2019, p. 132-133) subraya que es un «término genérico no definido en el derecho internacional que, por uso común, designa a»:

«toda persona que se traslada fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por varias razones».

La OIM añade que «este término comprende una serie de categorías jurídicas bien definidas de personas, como por ejemplo»:

«los trabajadores migrantes; las personas cuya forma particular de traslado está jurídicamente definida, como los migrantes objeto de tráfico; así como las personas cuya situación o medio de traslado no estén expresamente definidos en el derecho internacional, como los estudiantes internacionales”.

Por su parte, la ONG Accem (s.d.) afirma que el término «migrante» se refiere a la mayoría de las

«personas que se desplazan de un país a otro por razones diversas y durante un largo período de tiempo (habitualmente durante al menos un año por no incluir a muchos visitantes temporales)».

Igualmente, Accem especifica la definición de «migrante económico«, que describe como:

«la persona que deja su país por razones económicas, para mejorar las condiciones de vida».

Causas de les migraciones

¿Por qué migran las personas?

  • Conflictos armados, que las obligan a huir del lugar de origen porque existe riesgo para su integridad.
  • Razones económicas/laborales: La expectativa de unas condiciones de vida mejores (para la propia persona, la familia o la comunidad) o una mejor situación laboral (incluye el éxodo de cerebros).
  • Razones políticas/ideológicas: Cuando la opción ideológica y política es motivo de represión, amenazas e inseguridad.
  • Razones medioambientales. Por desastres medioambientales causados ​​por la acción humana (accidentes nucleares, por ejemplo), por desastres naturales (terremotos, tifones…) o por la continua degradación del medioambiente y la escasez de recursos para la vida.
  • Razones personales: Por circunstancias que no se pueden clasificar en ninguno de los apartados anteriores: desde elementos emocionales hasta la voluntad de vivir aventuras, conocer otras culturas y formas de vida…

Un fenómeno histórico

Desde los inicios de la humanidad ha habido migraciones: traslados de personas de un lugar a otro por diferentes motivos. Es decir, las migraciones son un fenómeno histórico. Las historias de nuestras familias, municipios, estados… están marcadas por las migraciones.

Y las migraciones son elementos clave a la hora de explicar determinados procesos históricos, sociales, económicos… Pero, ciertamente, en la actualidad el fenómeno de las migraciones presenta un impacto cuantitativo mucho más importante y una respuesta estatal y regional muy determinada. En este sentido la gestión de la inmigración y las políticas públicas estatales y regionales son un elemento determinante.

Las personas refugiadas

Un punto y aparte en el apartado de las migraciones son las personas refugiadas. Son refugiadas aquellas personas que huyen de su país de origen porque el estado no puede asegurar la protección de su integridad física; una integridad que puede estar seriamente comprometida ya sea por razones políticas o por conflictos armados en el seno del territorio. Aunque muchas personas salen de sus países de origen por esta causa, no todas reciben el estatus de refugiado, que es un estatus que da el país de acogida con criterios políticos.

Legalmente, las personas refugiadas están bajo el amparo de la legislación internacional – en este caso, la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados aprobada en 1951 por las Naciones Unidas – y bajo el amparo de la legislación estatal – en el caso de España, el artículo 13.4 de la Constitución. Pero la normativa que regula el derecho de asilo varía a lo largo del tiempo, así que para hacer el seguimiento se recomienda consultar la página sobre asilo y refugio del Ministerio del Interior.

Ser «legal»

Hay múltiples elementos que condicionan la vivencia del proceso migratorio, pero uno de los que más inciden es la regularización burocrática de la situación de la persona migrante. El hecho de que una persona sea «legal» o no tiene importantes consecuencias a todos los niveles. Una persona sin «los papeles en regla» limitará su acceso a la vivienda, a los servicios públicos (salud, educación…) y al mercado de trabajo (trabajos «invisibles»); tendrá unas condiciones económicas y laborales precarias, y, en general, se hallará en una posición de riesgo y vulneración de los derechos humanos básicos.

La legislación que se orienta a regular los movimientos migratorios es cambiante, como lo son las políticas estatales y regionales. La parte legislativa se puede consultar en la página web de la Secretaría de Estado de Migraciones.

Agenda 2030

En septiembre de 2015, Naciones Unidas adoptaron la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, que establece 17 objetivos (ODS) para erradicar la pobreza, proteger el planeta y avanzar en la protección de los derechos humanos de todas las personas en todo el mundo.

El ODS 10 se dirige a la reducción de las desigualdades y, entre sus metas, incluye:

10.7 Facilitar la migración y movilidad ordenadas, seguras, regulares y responsables de las personas, incluso mediante la aplicación de políticas migratorias planificadas y bien gestionadas.